La falta de mérito en favor de Zacarías Pablo Mengual, Axel Ezequiel Noziglia y Angel Alexander Pereira, quienes quedaron en libertad la siesta del Jueves 9 de Noviembre, tras la firma del Juez Santos Gabriel Garzon con la resolución número 65/ 17, quienes fueron acusados por el delito de “ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR LA COMISIÓN DE MAS DE DOS PERSONAS EN CONCURSO REAL CON EL DELITO DE HOMICIDO AGRAVADO POR SU COMISIÓN CRIMINIS CAUSA Y FEMICIDIO EN CONCURSO REAL “, según el documento que pudo acceder Crónicas de Clorinda, en contacto con los abogados defensores.Una de los abogados defensores es el Dr. Rodolfo Silva y por otra parte la Dra. Claudia Morinigo.
Por otra parte, el Juez que entiende en la causa Dr. Gabriel Garzón, aun no resolvió la situación procesal de otros 4 imputados que están todavía detenidos a disposición de la justicia local.
Los imputados que siguen detenidos son Rubén Vázquez, Sebastián Escobar, Francisco Fariña y Brian Núñez Aguilera, quienes esperan la decisión del juez local, debido a que se aguardan importantes resultados de análisis de laboratorio que fueron remitidos a estudios complejos en Buenos Aires.
Cabe recordar que Morán desapareció el viernes 16 de junio cuando salió de su casa, se encontró con una amiga y juntas fueron a una fiesta en un domicilio particular donde había más hombres y mujeres. La familia de la joven al no tener noticias de ella al otro día, denunció la desaparición y así comenzó una intensa búsqueda que terminó una semana más tarde, el viernes 23, con el hallazgo del cuerpo de la muchacha flotando en un desagüe fluvial ubicado a la vera de la Ruta Nacional Nº 86 del barrio 6 de Enero.
La autopsia practicada por el forense judicial determinó como casual del deceso "asfixia por sumersión".
Tras las primeras diligencias investigativas, la policía aprehendió a seis jóvenes de entre 18 y 24 años y una menor de 17 años, quienes fueron las últimas personas vistas junto a la víctima, lográndose del domicilio de uno de ellos secuestrar prendas de vestir que guardarían relación con el hecho.
Penas agravadas
En noviembre del año 2012, la Cámara de Diputados convirtió en ley una modificación al Código Penal, por la cual podrán recibir reclusión perpetua quienes cometan femicidio, en el marco de una sesión especial en la que fue rechazada una propuesta del Senado y se apoyó con unanimidad la iniciativa original.
El artículo 80 del Código Penal establece expresamente prisión perpetua al hombre que "matare a una mujer o a una persona que se autoperciba con identidad de género femenino y mediare violencia de género". Además, el inciso 1 determina que "tendrá pena de reclusión perpetua o prisión perpetua (...) el que matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia".
La ley define al femicidio como "un crimen hacia una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género" e incluye como causales "placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión".
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