La jueza federal de Resistencia, Zunilda Niremperger, dispuso “la inmediata suspensión” de resoluciones de la Secretaría de Energía de la Nación y del Ente Nacional Regulador de la Electricidad “por el termino de 6 meses” y que se deberá comunicar a Secheep que “deberá suspender la confección de facturas” y liquidar “a valores vigentes con anterioridad”.
Esto fue dispuesto por la magistrada en una medida cautelar requerida por el defensor del Pueblo, Gustavo Corregido, y la Asociación de Defensa al Consumidor y Usuarios porque en la audiencia pública realizada el 14 de diciembre donde no tuvieron “información veraz, cierta y detallada que les permita una adecuada participación”.
Las objeciones
Niremperger fundamentó la decisión “en beneficio de los derechos de incidencia colectiva de la provincia del Chaco” considerando los fundamentos expuestos por Corregido y esa asociación de usuarios que cuestionaron
las audiencias realizadas el 14 de diciembre en Formosa.
Al comunicar esa decisión judicial el defensor del Pueblo afirmó que “los aumentos desproporcionados autorizados en esas resoluciones, traen aparejados graves perjuicios para los usuarios, quienes al tener que afrontar excesivas facturas de luz, dejan de proveerse de alimentos, medicamentos, vestimenta y otras necesidades básicas”.
Corregido sostuvo que esas resoluciones “son inconstitucionales y arbitrarias porque violan desde el principio de legalidad hasta la falta de coherencia en el comportamiento administrativo, también el derecho humano de acceso a la energía eléctrica que es un recurso de primera necesidad e imprescindible”.
También insiste en que el Estado debe analizar las consecuencias de las temperaturas excesivamente altas porque los aumentos obligan a la población a ahorrar energía a costa de poner en peligro la salud. En este sentido es indiscutible que soportar temperaturas de 40°C sin el auxilio de artefactos como aires acondicionado o ventiladores, deteriora la calidad de vida.
Por otro lado, el defensor recordó que también está suspendido por otra medida cautelar el aumento establecido en la resolución N° 6/2016 emitida por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación. Sin embargo, a pesar de que han pasado meses, los funcionarios nacionales no acatan esa resolución judicial y dicha decisión política ya implicó un aumento del cien por ciento en las facturas del período 8/2016 a 12/2016 que pagaron los usuarios.
Finalmente, Corregido destaca que la acción estatal solo puede tender a mejorar los derechos de los ciudadanos y nunca a deteriorar la calidad de vida de la población, porque ello implica una medida regresiva. Al mismo tiempo, pide que la suspensión de esas resoluciones para la provincia de Chaco, duren hasta que el Poder Ejecutivo nacional proponga un Plan gradual de quita del subsidio, que permita a la población tener previsibilidad y certeza para asumir como usuarios las consecuencias del impacto en la tarifas.
Comentarios
Publicar un comentario