Clorinda y posadas continuarán teniendo combustible más barato

El Gobierno prorrogó el plazo de aplicación de las alícuotas diferenciadas para los combustibles que se consumen en los ejidos municipales de las ciudadesformoseña de Clorinda y misionera de Posadas El Gobierno nacional prorrogó las alícuotas diferenciales, fijadas por el decreto 1322/2016, para los combustibles que se comercialicen en las ciudades de Posadas, en la provincia de Misiones, y de Clorinda, en Formosa, una medida con la que se busca evitar que la población se abastezca en localidades limítrofes de Paraguay. El Decreto 136/2018, publicado hoy en el Boletín Oficial, extendió la aplicación de las mencionadas alicuotas con el objetivo de “atenuar las consecuencias negativas” que provoca en el comercio el hecho de que los pobladores de estas ciudades se traslade a Paraguay para adquirir combustibles. La norma permite modificaciones a la aplicación del Impuesto a la Transferencia de Combustibles (ITC), que reducen en un 14% el precio de la nafta y un 7% el valor del gasoil. Desde su aplicación, la herramienta atenuó las asimetrías que provocaban que miles de habitantes de la ciudad de Posadas se trasladaran a la vecina Encarnación, en Paraguay, y los de Clorinda a Asunción o a José Falcón para adquirir combustibles. El fenómeno daba lugar a largas filas, especialmente los fines de semana, en los puentes que vinculan a las ciudades vecinas. Además de combustibles, es habitual proveerse de electrodomésticos y productos de consumo masivo que se consiguen en Paraguay a precios inferiores a los de la Argentina. Los topes Las alícuotas diferenciadas regirán hasta un máximo de ventas de 6.687.000 litros de nafta y en el caso del gasoil, 4.154.000 litros, en Posadas. En Clorinda, las alícuotas diferenciadas regirán en tanto hasta los 872.000 litros de nafta y en el caso del gasoil, 647.000 litros. Se considerará exclusivamente el expendio de combustibles realizado directamente al tanque incorporado por el fabricante al vehículo o en recipientes cuya capacidad no supere los 20 litros, y no se considerará venta para consumo el despacho sobre tanques de vehículos cuya capacidad supere los 90 litros.

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